lunes, 21 de febrero de 2011

APUNTES: EL DEDUCIBLE EDUCATIVO

POR.- RAÚL GÓMEZ MIGUEL

El anuncio que hiciera el presidente de México, Felipe Calderón, de volver deducibles de impuestos los gastos educativos privados de las familias fue recibido como un fuerte estímulo hacia la clase adinerada y la media sacrificada, que procuran un destino formativo lejos del servicio que presta el Estado.

La inclinación a “democratizar” la educación privada en el país, ofreciendo incentivos fiscales importantes, sigue la traza de un esquema de negocio rentable, donde, por la vía de impuestos, el gobierno asegure la satisfacción del contribuyente, la bonanza de las empresas y el paulatino mejoramiento de los rendimientos académicos críticos e inherentes a la instrucción “popular”.

La medida fiscal no asegura de ninguna manera una revisión a fondo de la crisis estructural del sistema educativo nacional o las preferencias sindicales que tanto daño hacen, El apapacho es un asunto de dinero y de números, orientados a beneficiar a sectores políticamente correctos, indispensables en la recolección de votos inmediatos.

La receta tributaria aplicada a la educación, es la misma que impera en naciones desarrolladas, en las que las componendas fiscales permiten a los padres de familia escoger opciones educativas a partir de criterios de inversión-ganancia.

Es pertinente señalar que en las declaraciones actuales, algunos contribuyentes podían deducir gastos de Educación bajo criterios contables pormenorizados.

Así, la Secretaría de Hacienda informó que el monto máximo a deducir por el pago de colegiaturas que realicen personas físicas en el nivel bachillerato o su equivalente, por alumno, será de 24 mil 500 pesos, en un año.

La dependencia agregó que para el nivel profesional técnico el monto de la deducción anual será de 17 mil 100 pesos.

En el caso de los pagos que se realicen en secundaria, el monto anual de deducción no debe pasar de 19 mil 900 pesos.

En primaria, la deducción anual que podrán hacer los padres de familia equivale 12 mil 900 pesos.

Para el nivel preescolar, el límite anual para deducir por pago de colegiaturas será de 14 mil 200 pesos.

La dependencia informó que para acceder a los beneficios de la deducción del Impuesto Sobre la Renta (ISR) los pagos que realicen los padres deben realizarse a través de medios de pago electrónicos o cheques nominativos.

El contribuyente podrá deducir en su declaración anual los pagos por colegiaturas.

Hacienda no informó el costo fiscal anual de la medida, aunque expuso que "el estímulo otorgado se cubrirá con economías que genere la administración pública federal y de ninguna manera será en detrimento de los programas sustantivos en educación".

Con la firma de un decreto presidencial en adición al Artículo 176 del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para que las personas físicas deduzcan el pago de la educación desde pre primaria hasta bachillerato, en su declaración fiscal del 2011, incluyendo hijos, cónyuge y padres, se beneficiará a tres millones 500 mil niños y jóvenes.

Ahora aguardamos los efectos concretos de dicha exención, que sólo beneficia directamente a 10% de la población nacional.

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